sábado, 2 de junio de 2012

INICIATIVA LEGISLATIVA

Iniciativa legislativa


Se denomina iniciativa legislativa a la potestad que constitucionalmente se atribuye a uno o más órganos de un Estado o territorio para iniciar el procedimiento de trámite de forma válida que culmine en la aprobación, modificación o derogación de una ley.
La Iniciativa Legislativa corresponde efectuarla al Gobierno, manifestada a través del Proyecto de Ley por el Congreso y el Senado y por último llevado a cabo por las Cámaras de acuerdo con la Constitución y sus Reglamentos.

Órganos con iniciativa legislativa

En la mayoría de los países, la iniciativa legislativa corresponde al Parlamento o al Congreso o bien a otro órgano como el jefe de estado o de gobierno.
Sin embargo, los diferentes ordenamientos jurídicos tienen regulados mecanismos de iniciativa variados que pueden permitir a otros órganos constitucionales poseer iniciativa legislativa. También se regula en mucho países la iniciativa popular, que surge de los propios ciudadanos.
La iniciativa legislativa en España tiene como sujeto privilegiado al Gobierno (también la tienen el Congreso, el Senado, las Comunidades Autónomas y la iniciativa popular ). Para ello, deberá elaborar un Anteproyecto, el cual se acompañará de una Memoria explicativa, los estudios o informes sobre su necesidad y oportunidad, el informe sobre impacto por razón de género, la memoria económica con estimación del coste a que dará lugar, el Informe de la Secretaría General Técnica y además otros elementos preceptivos o facultativos (v.gr. dictamen del Consejo de Estado , consultas, dictámenes o informes). Por último deberá recibir la aprobación del Proyecto por el Consejo de Ministros, como nos muestra el art. 88 de la Constitución Española:Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.
La iniciativa legislativa, cuando proviene del Congreso, adopta la forma de proposición de ley y no de proyecto de ley..

Regulación constitucional

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