lunes, 30 de abril de 2012

Reglamentos

=Límites de la potestad reglamentaria== El ejercicio de la potestad reglamentaria está sometido jurídicamente a límite que no deben ser violados. Estos límites derivan de una parte, del principio de [[Reserva de ley]] y de otra de la propia naturaleza de los reglamentos administrativos en cuanto disposiciones subordinadas a la ley. ====límites formales==== *Competencia para dictar reglamentos *jerarquía normativa *procedimiento para su elaboración ====límites sustanciales==== *Respeto a los principios generales del Derecho, en especial la interdicción de la arbitrariedad *[[irretroactividad]] *[[materia reglamentaria]] ====Inderogabilidad singular de los reglamentos==== Las resoluciones administrativas de carácter particular no pueden vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general aunque aquellas tengan grado igual o superior a éstas.

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