
ESTUDIO DEL LA LEY COMO NORMA JURÍDICA
Con carácter muy general la ley puede regular un fenómeno de la
naturaleza, como por ejemplo la gravedad; pero en un sentido más
estricto también hablamos de ley cuando hacemos referencia a distintas
clases de normas jurídicas: norma legal, costumbre o ppio. jurídico.
Hablando de forma general.
Hablamos de ley de forma más restringida cuando nos referimos a leyes emanadas de los órganos del poder del Estado.
En el sentido más restringido o técnico de todos, la ley solo es la que emana del Parlamento, de la Cortes Generales.
Caracteres:
- Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
- Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.
- Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
- Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
- Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.
- Rige hacia el futuro: Regula los hechos que ocurren a partir de su publicación irretroactiva.
Algunos tipos de leyes son:
- Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de un país; suele denominarse Constitución. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, ya que está por encima de cualquier ley
- Ley orgánica cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación de una materia específica.
- Ley ordinaria, entre las que se incluye la ley de presupuestos.
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